ante cuestionamientos por inasistencia del cuerpo colegiado

Tras ausencia de consejeros: ¿Cuenta Pública de Gobernadora Krist Naranjo es válida?

De acuerdo a expertos, la autoridad cumplió con todos los requisitos exigidos, como es citarlos a esta instancia, rendir el balance anual e informarlo por todos los medios disponibles, según contempla la ley 19.175 de Gobiernos Regionales.
viernes 03 de junio de 2022

Tras la Cuenta Pública de la gobernadora regional, Krist Naranjo, hubo polémica en torno a la inasistencia de la totalidad de los cores a la ceremonia. En paralelo, surgieron voces que cuestionaron la legitimidad de la entrega de este balance, precisamente ante la ausencia del cuerpo colegiado, que se restó de participar de esta importante ceremonia luego de una decisión mayoritaria, de la cual cuatro consejeros se restaron: Darwin Ibacache, Francisco Martínez, Matías Guzmán y Pedro Valencia.


De todas formas, Diario El Día realizó consultas a expertos en esta materia para aclarar si efectivamente la Cuenta Pública, que abarcaba la gestión de la gobernadora entre julio y diciembre de 2021, mantenía validez pese a las circunstancias señaladas.
De acuerdo a la Ley 19.175, en su artículo 26, se señala que la autoridad tiene la obligación de dar cumplimiento a la Cuenta Pública, lo que a todas luces se concretó.


Este artículo sostiene la obligación de publicar en la página web del Gobierno Regional durante el mes de mayo de cada año el estado financiero, el balance de ejecución presupuestaria y cuenta de su gestión, lo que se cumplió.


A su vez, ella convocó a todos los consejeros regionales, tal como dicta la ley. Y aunque no hubo quorum para la realización de esta sesión extraordinaria, de igual manera informó al Consejo Regional mediante correos, oficios y publicación en la web oficial del Gobierno Regional.


María-José Lira, abogada y magister en Derecho Público, conversó con diario El Día en torno a estas circunstancias.
“La Cuenta Pública de la gobernadora es perfectamente válida a efectos de tener por cumplida su obligación de dar cuenta al Consejo Regional, porque la norma específica señala que en el mes de mayo debe dar a conocer su gestión e informar de ciertos ítems, como el balance y otros temas financieros que deben estar en la página web correspondiente”.


A su vez, la jurista agregó que “en ninguna parte se señala que es una sesión de Consejo y que éste deba aprobar o rechazar la Cuenta Pública. A diferencia, por ejemplo, de lo que ocurre en la Ley Orgánica de las Municipalidades, en que el alcalde debe dar su Cuenta Pública en el mes de abril al Concejo Comunal, al Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil y al Consejo de Seguridad Pública, donde se indica claramente que determinadas autoridades sí deben estar presentes”, recalcó Lira.


Por otra parte, la abogada y magister en Derecho Público ejemplificó que “en el caso del Presidente de la República, él debe dar cuenta del estado administrativo y político de la nación ante el Congreso Pleno. En el caso de los Gobiernos Regionales, no hay ninguna norma que indique que se trata de una sesión de Consejo”.


Bajo esa perspectiva, María-José Lira agregó que “basta que la gobernadora durante el lapso del mes de mayo remita los detalles de la Cuenta Pública con todos los detalles que la ley le exige y que quede en la página institucional”.


Además, si bien se puede entender que no hubo quorum para iniciar la Cuenta Pública, la abogada acotó que “eso no es algo imputable a ella, por lo que tampoco se configuraría un incumplimiento de su deber y mucho menos de notable abandono de deberes”, finalizó la jurista.