EN EL PAÍS

Hay alrededor de 4 mil inscripciones para anteponer apellido materno al paterno: Conoce el trámite

El seremi de Justicia y Derechos Humanos, Rubén Garcia, adelantó que a finales de este año realizarán un balance respecto a la cifras regionales de las personas y niños que figuran con sus apellidos invertidos, desde que entró en vigencia la Ley Nº 21.334.
lunes 05 de diciembre de 2022

El 11 de enero de este año comenzó a regir la Ley Nº 21.334, sobre la determinación del orden de los apellidos por acuerdo de los padres, normativa que permite a las personas poner primero el apellido materno y después el paterno.


Con respecto a esto, el seremi de Justicia y Derechos Humanos, Rubén Garcia, especificó que “según las cifras que manejamos en el Registro Civil, en los primeros 4 meses de implementación han existido alrededor de 4 mil inscripciones en todo el país al amparo de esta nueva legislación”.


Ahondando en esto, el seremi garantizó que a finales de este año realizarán un balance respecto a la aplicación de esta ley a nivel regional, la que a su juicio, sin duda tiene una perspectiva de género.  


“Esta es una ley significativa, ya que posibilita que por primera vez en nuestra historia los recién nacidos puedan ser inscritos poniendo en primer lugar el apellido materno y luego el paterno”, expresó el seremi. 


El abogado y profesor de derecho constitucional en la Universidad del Alba, Edgar Malebrán, se refirió a este tema y explicó que esta ley es aplicable para las personas que nacieron con posterioridad al inicio de la vigencia de esta ley, puntualizando que “en estos casos ambos padres deben estar de acuerdo en el orden de los apellidos de su primer hijo, lo que se extenderá para el resto de los hijos en común”.


“En caso de no haber acuerdo, el oficial del Registro Civil deberá sortear el resultado con una moneda, ese orden elegido por el azar deberá ser mantenido para el resto de los hijos en común”, afirmó el abogado.


En un segundo caso, se tiene que todas las personas mayores de edad pueden requerir el cambio o inversión de los apellidos, a través de una rectificación de la partida de nacimiento. Respecto a esto, Malebrán destacó que “esta es una solicitud administrativa, por lo tanto no puede negarse”. 


Cabe agregar que cuando la persona mayor de edad invierte el orden de sus apellidos, este orden también se traspasará a sus hijos. 


En otro caso, los padres podrán efectuar el cambio en el orden de los apellidos transmisibles de hijos e hijas menores de edad ya inscritos, lo que podrá ser realizado durante el plazo de un año a contar de la entrada en vigencia de la ley.


“Esta ley es un hito importante en nuestro país, ya que guarda relación con un proceso de equiparación de derechos, tanto a nivel práctico, como simbólico entre hombres y mujeres, lo que entra dentro del contexto de estas leyes que vienen a equiparar y a hacer justicia en lo que son las maternidades y paternidades”, opinó Malebrán. 


El abogado también manifestó que “esta ley reconoce un cambio que ya se está produciendo dentro de nuestra sociedad, lo que tiene especial importancia en una historia de abandonos paternos, como el del prócer de la Patria, el Huacho Riquelme”.


Es importante destacar que el derecho para la determinación del orden de los apellidos, sea que se ejerza al momento de la inscripción de un recién nacido primogénito o recién nacida primogénita, o de una rectificación de partida de una persona mayor de edad, se podrá ejercer solo una vez ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.


Por su parte, la diputada Carolina Tello -quien además es abogada y una reconocida feminista- sostuvo que “esta ley es un avance histórico que viene a brindar la posibilidad de que las personas puedan elegir qué apellido llevarán primero, avanzando en el reconocimiento de las mujeres que quieren ser nombradas y que en gran medida se encargan del cuidado de la familia”.


“Vivimos en sociedad en la que tenemos muchos hogares monoparentales, donde el abandono paterno lamentablemente es una realidad mucho más presente de lo que quisiéramos, prueba de ellos son todas las cifras que hemos conversado respecto al no pago de pensiones de alimentos, lo que en Chile supera al 70%”, argumentó la diputada. 


La diputada también aseguró que “hemos visto una alta demanda de este trámite y es precisamente porque se demuestra que existía una necesidad de acceder al derecho de invertir el orden de los apellidos, sin duda un paso relevante que viene por sobre todo a reconocer lazos familiares y afectivos que se dan fuera de la mirada tradicional de familia”.