Causa se eleva al TRICEL

Tribunal Electoral Regional desestima recurso de reposición presentado por Rentería

Se conoció la resolución del TER en la que decide no dar lugar al recurso de reposición intentado por el equipo asesor de Claudio Rentería, y en cambio eleva la causa al TRICEL, quien deberá revisar la apelación de la sentencia tanto del suspendido edil, como de la parte querellante.
martes 15 de noviembre de 2022

La tarde de este martes el Tribunal Electoral Regional aprobó desestimar el recurso de reposición presentado por el equipo jurídico que asesora al suspendido alcalde ovallino, Claudio Renteria, quienes intentaban que el organismo cambiara su parecer en la sentencia anunciada la semana pasada.

Con la resolución, -dada a conocer la noche de este martes-, se cierra la posibilidad de que el organismo regional revise su decisión, y por el contrario la mantiene firme en todas sus condiciones, aunque deja la puerta abierta para que el Tribunal Calificador de Elecciones, (TRICEL), pueda revisar la apelación tanto del ex edil, como de la parte querellante, quienes también intentaron que el tribunal estimara como causas de remoción los tres cargos desestimados inicialmente.

La resolución emitida por el TER, y al cual tuvo acceso El Ovallino, señala expresamente en su primer punto que "Proveyendo las presentaciones de fojas 2.942 y 3.094, de la parte requerida: A lo principal y primer otrosí: Con la cuenta del secretario relator y atendido que los argumentos expuestos son más propios de una apelación que del recurso intentado y que, además, no alteran la decisión arribada en la sentencia que se cuestiona, se resuelve NO HA LUGAR a la reposición".

Además, indica que "habiéndose interpuesto en forma subsidiaria recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada en esta causa, concédase y elévense los antecedentes para el conocimiento y resolución del Tribunal Calificador de Elecciones".

El documento agrega que "Atendido el estado procesal de la causa, no ha lugar y ocúrrase ante quien corresponda. Proveyendo la presentación de fojas 3.190, de la parte requerida: Estese a lo resuelto respecto del segundo otrosí de las presentaciones de fojas 2.942 y 3.094. Notifíquese por estado diario y comuníquese por correo electrónico a las partes, sin que signifique alterar la forma de notificación indicada y dejando constancia de ese hecho en el expediente".

Esto quiere decir que el TER mantiene su sentencia firme de remoción de Rentería por los cargos de Notable Abandono de Deberes y Faltas a la Probidad Administrativa, sustentada en cuatro cargos, pero abre la puerta al TRICEL -a quien se le enviarán todos los recaudos- para que revise la apelación, tanto del edil, como de la parte querellante que solicitó estimar ahora los tres cargos desestimados inicialmente.

La sentencia del TER advierte que no se encuentre ejecutoriada la medida, el alcalde quedará suspendido de sus funciones, a la espera de posibles revisiones.