afirman que reciben datos desde el registro civil

Servel aclaró aparición de personas fallecidas en el padrón electoral para el plebiscito

Desde la institución que lidera el plebiscito del 4 de septiembre aseguraron que cuando no se cumple el trámite “en tiempo y forma” es imposible borrar a las personas que han dejado de existir.
sábado 20 de agosto de 2022

Ha sido uno de los temas más comentados durante las últimas semanas en el país y en la región. Se trata de la aparición de votantes inscritos en los registros electorales de cara al plebiscito del próximo 4 de septiembre y que tienen una característica muy especial: se trata de personas ya fallecidas.


En ese contexto, existe preocupación de ciudadanos que han advertido que familiares que han dejado de existir siguen teniendo presencia en el padrón electoral, lo que por ejemplo fue denunciado a través de la cuenta de Twitter de la Fundación Sercoes, donde se cita el caso de una mujer que tendría como local de votación el Estadio La Portada. Sin embargo, ya no se encuentra con vida.


Ante las dudas que han surgido debido a muchas publicaciones de este orden en redes sociales y también por personas que en forma espontánea denuncian situaciones como estas en medios de comunicación, la directora regional del Servel, Ana Cristina Celis, conversó con diario El Día para explicar por qué ocurren yerros como el antes citado.


“La verdad es que en redes sociales se han dicho muchas cosas, y un buen porcentaje no son reales. En lo concreto, cuando una persona fallece y el médico correspondiente hace el acta de defunción, ese certificado tiene que ser llevado hasta el Registro Civil para inscribir este deceso. Si esa inscripción no se hace, cuando el Registro Civil nos entrega las bases para nuestros registros, y la persona no está inscrita como fallecida, nosotros en forma automática la consideramos como viva. Lamentablemente, eso pasa cuando no se ha hecho efectiva la inscripción”, acotó Celis.


Por otra parte, la directora regional de Servel aseguró que “a través de la historia, probablemente siempre los padrones han incorporado personas que están fallecidas y que no están inscritas en el Registro Civil. Sólo una vez hecha la inscripción, dejan de aparecer en el padrón y por ende podemos complementar esa información a nuestra base de datos”.


Pese a la explicación de Ana Cristina Celis, el diputado Víctor Pino (PDG) sigue considerando como una situación grave lo ocurrido, pues despertaría suspicacias. Incluso, según el parlamentario, había afectado a personas que tuvieron notoriedad pública en sus vidas.


“Se trata de una problemática que se ha visualizado a lo largo de todo el territorio nacional. Por lo tanto, es algo que nos afecta un montón. Incluso hay casos emblemáticos, como es lo que sucedió con Javier Miranda, que aparece como habilitado para sufragar y él falleció hace algunas semanas. Entonces, es lamentable que ni el Servel ni el Registro Civil tengan respuestas o soluciones ante esta problemática”.


A juicio del parlamentario, se debe “hacer un levantamiento y una correlación entre el padrón electoral y los registros que tenemos en estos sistemas, principalmente a través del Registro Civil. Lo importante es a la brevedad descartar a los votantes que hoy están habilitados y que en estricto rigor están fallecidos”.


Como medida adicional, el congresista se comprometió “a realizar una solicitud al Partido de la Gente para que podamos nosotros hacer un cruce con todas las personas que se han visto afectadas, con familiares que se encuentren en esta situación. Consideramos que se trata de un hecho muy relevante y que lamentablemente no se puede dejar pasar”, concluyó.


Al ingresar al sitio web de Servel, la institución explica lo que sucede y los márgenes de tiempo para elaborar el padrón. 
En ese sentido, se señala que “las personas fallecidas son sacadas del Registro Electoral y no figuran en los padrones cuando el Registro Civil da cuenta a Servel, en tiempo y forma, de las defunciones ocurridas. Para la elaboración del padrón del Plebiscito Constitucional se pudo solicitar cambios hasta el 1 de mayo. Posteriormente, se dio a conocer el padrón auditado para que, ante errores u omisiones, la ciudadanía pudiese reclamar, en un periodo de diez días, ante los Tribunales Electorales Regionales (TER)”.